¿Dónde puedo encontrar en el BOE la preferencia al teletrabajo durante 2 meses después de finalizar el estado de alarma? Mi empresa nos va a hacer volver ya a la oficina y tengo un bebé de 6 meses

Hola,

Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.

Nos comentas: Hola, buenos días. Estoy intentando encontrar el BOE donde se da preferencia al teletrabajo durante 2 meses después de finalizar el estado de alarma. En mi caso mi empresa nos va a hacer volver ya a la oficina, a pesar de que todos estamos trabajando en remoto y la productividad no se ha visto afectada. Además tengo un bebé de 6 meses y al menos hasta julio no podemos disponer de guardería y no sabemos si entonces tendremos plaza. ¡Muchísimas gracias por todo lo que hacéis! Blanca

Enhorabuena por el bebé, Blanca, y ánimo con esta situación. Te cuento que el teletrabajo se debe poner en marcha siempre que sea posible al menos hasta tres meses después de finalizado el estado de alarma. Si tu empresa te obliga a ir a trabajar, además de contar con un plan de prevención de riesgos adaptados a la situación, tiene que justificar que es imposible el teletrabajo. Si no lo hace, puedes llamar a la inspección laboral porque, aunque no se ha planteado como algo obligatorio, al ser posible podría incurrir en riesgo laboral. Desde el principio se ha establecido como vía “prioritaria” frente a la reducción de actividad de las empresas o el despido, pero solo cuando sea “técnica y razonablemente posible” optar por el teletrabajo. Si se puede, no pueden obligarle a trabajar. Tanto si no le permiten teletrabajar como si se incumplen las medidas de seguridad deberías denunciarlo ante la inspección de trabajo. Está en el artículo 6 de este Decreto Ley, el plan Mecuida: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3824


Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.

Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.

No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.

Seguimos en contacto,

Olalla