Buenos días:
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.
Nos comentas: La anualidad de mi contrato de alquiler del piso tendría que renovarse el 1 de Junio pero la propietaria de la vivienda me comunicó por burofax hace dos meses que no me renueva el contrato porque necesita la vivienda. Dado el estado de alarma no puedo buscar pisos ¿puedo solicitar la prórroga de seis meses?¿como tengo que hacerlo? ¿puedo quedarme en el piso?
Dentro de los contratos que vencen entre el 1 de abril y dos meses después de que termine el estado de alarma, en el que estaría incluido tu contrato, la persona que alquila la vivienda tiene derecho a solicitar una prórroga extraordinaria por un período máximo de 6 meses, dentro de los cuales se aplican las condiciones que tengas actualmente en vigor. La petición de prórroga extraordinaria tiene que ser aceptada por el propietario del piso, según establece el artículo 2 de la reciente normativa aprobada sobre esta materia, a no ser que pactéis otras condiciones.
Esperamos haberte servido de ayuda. Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.
Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.
Seguimos en contacto,
Olalla