Hola:
¿Cómo estás? Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de saludarte.
Antes de nada, gracias por enviarnos tus dudas.
Nos cuentas: "Mi mujer y yo trabajamos en una empresa a 28 kilómetros de nuestra casa. Trabajamos en la misma empresa juntos en el mismo equipo, en la misma sala y el mismo horario. ¿Podemos desplazarnos al trabajo en el mismo coche sentándose en el asiento de atrás en el lado contrario?"
Después de consultarlo, te contestamos que este es uno de los apartados que más confusión está creando. Del texto de la norma se puede entender que sí y que no. Y es que el decreto del estado de alarma y su modificación posterior establecen que las salidas se deben hacer de forma individual -menos en los casos en los que sea necesario acompañar a alguien dependiente- pero esa norma está incluida dentro del artículo 7.1, el que regula la circulación de personas, y no dentro del 7.2, el que limita la circulación de vehículos. Pero, claro, si dos personas no pueden ir juntas, tampoco pueden ir hasta el coche. ¿Entonces? Es aconsejable siempre que sea posible y es importante seguir las recomendaciones o interpretaciones de la norma que realicen las autoridades . De hecho, la DGT está respondiendo a algunas preguntas en redes sociales que no se puede, por lo que parece que lo interpretan de otra forma. Y la norma es tan confusa que, ante la duda, mucho mejor hacer caso a lo que dicen las autoridades y no ir más de una persona en un coche a menos que sea estrictamente necesario.
Lo que sí está claro es que un taxi solo puede llevar a una persona, excepto en el caso de acompañantes de menores, mayores o personas dependientes.
En cualquier caso, solo se pueden hacer viajes, ya sea en taxi o en vehículo particular, andando o en transporte público, en las excepciones a la cuarentena establecida en el estado de alarma : compra de alimentos, medicamentos u otros productos de primera necesidad, acudir al médico, al trabajo, a entidades financieras y de seguros, vuelta al lugar de residencia, viajes para cuidado de mayores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades. De hecho desde ayer, ya hemos actualizado esta información.
Esperamos haberte ayudado con la respuesta.
Cuídate mucho y seguimos en contacto,
Olalla