Módulo 2: El tablero de juego

En el segundo email del curso para convertirte en un ninja del derecho a saber te contamos cómo identificar a quién debes dirigir tu pregunta y a elegir la forma más estratégica de hacerlo.

¿Tienes alguna pregunta sobre lo que te hemos contado? ¿Quieres decirnos algo sobre la última entrega?
Compártelo por aquí. Es posible que resulte útil para tus compañeros y compañeras del curso.

¡Te leemos en los comentarios!

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¿Cómo es posible que la venta de hipotecas a fondos buitre se haga a espaldas del deudor? ¿Cómo se podría objener el nombre del notario o fedatario público que firmó la trasmisión de deuda? ¿Cómo llegar a saber cuánto pagó el fondo buitre por una hipoteca?

¿Por qué se talan árboles maduros en zonas verdes “para replantar”, si muchos no llegan a reemplazarse nunca?

Hola Marta, perdón por tardar en responder. Esperamos que, a través del curso, acabes haciendo a las administraciones estas u otras preguntas de la mejor forma posible para obtener la información.

Hola Paco, perdón por la tardanza y gracias por las preguntas. Durante el curso esperamos que obtengas las herramientas necesarias para poder realizar estas preguntas a las administraciones públicas correspondientes y saber cuáles deberían responder vía solicitudes de información y cuáles se quedarían fuera.

Sobre vuestro consejo de buscar si alguien había intentado algo parecido antes: ¿No tendría sentido centralizar los datos abiertos recibidos por peticiones hechas a la administración, y también las negativas recibidas? Siguiendo con la discusión del Módulo 1 sobre la reutilización no veo una normativa que que impida republicar los datos recibidos, es decir ponerlo en un repositorio público. A lo mejor valdría la pena revivir tu derecho a saber. ¿O tenéis constancia de una plataforma que intenta centralizar las peticiones y los datos recibidos?

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Hola, Gerald. Sí, sería muy útil. De hecho, en el Portal de Transparencia se publican tanto las resoluciones denegatorias como las resoluciones estimatorias, y el propio Consejo de Transparencia recopila también las suyas, como hacen la mayoría de organismos autonómicos equivalentes.

En cuanto a Tu Derecho a Saber , aunque el proyecto está cerrado, todavía es posible consultar las más de 1.800 preguntadas publicadas allí: Ver y buscar solicitudes - tuderechoasaber.es.

No tenemos constancia de que exista hoy una plataforma que centralice toda esa información —las peticiones, las respuestas y las negativas—, así que por ahora sigue siendo necesario rastrear casos en distintas fuentes. Nuestro día a día, vaya.

Gracias, Javier. Por alguna razón las resoluciones estimatorias son del 2014 hasta el año 2021 sólo. ¿Tenéis idea de por qué no se actualiza? Estamos ya casi en 2026 y ha pasado más de una legislatura.

  1. Echando un ojo a las resoluciones denegatorias me aparece una con un pleno de 12 cruces relativas a una consulta sobre lo de la estancia de Ábalos en el Parador de Teruel:

-Ministerio de Industria y Turismo
-Información facturas Parador Turismo de Teruel, ex ministro
-12/05/2025

No obstante en el enlace con el detalle no se argumentan las 12 cruces https://www.mintur.gob.es/es-es/servicios/transparencia/Documents/103486-Resolucion.pdf

Sólo constan 4 puntos. En el primero se cita una factura anexa que no hay forma de ver porque el link es un pdf sin adjuntos, y en el último se deriva al solicitante a consultar a la Delegación del Gobierno de Aragón.

¿Sabéis si esto es coherente que sea haga así? ¿No sería más lógico que si se indican 12 cruces se argumenten todas, si hay adjuntos se añadan, y que el último punto no se pueda solicitar desde el mismo portal de transparencia aunque competa a una determinada región?

  1. También veo muy pobre no poder ver qué se solicita exactamente en cada caso. Por ejemplo hay uno sobre “Solicitudes de uso de lenguas cooficiales en UE” donde se le deniega al solicitante la información con el argumento de que es algo “pendiente”. Me cuesta pensar que información en este sentido puede estar pendiente como para ser rechazada. Si es sobre un cambio de las lenguas cooficiales ¿qué sentido puede tener sentido rechazar información sobre esto aunque no se haya efectuado o sí el cambio?

  2. Otro caso curioso es el de “Escolta y servicio de chófer de ex ministro tras su cese”. En su resolución denegatoria se argumenta que el presupuesto destinado al no ser específico no se puede indicar. En casos así, ¿no deberían dar la cifra correspondiente al concepto de gasto más próximo? Si uno no tiene acceso a la forma de contabilizar esto es muy complicado acertar y dar exactamente con el nombre de la partida que pueda incluir este gasto.

Gracias de antemano !!

Sigo viendo más “excusas” para no proporcionar información que son kafkianas. Ejemplos:

-Es “información heterogénea no disponible en un único soporte”. En ese caso que ¿por qué no darle al solicitante toda la información en uno de esos soportes (si se entiende soporte por formato? Y si se refiere a que está en varias bases de datos ¿cómo puede saber uno de antemano los nombre de soporte para trocear la consulta para cada soporte? Link: https://cdn.transportes.gob.es/portal-web-drupal/RESOLUCIONESDENEGATORIAS/001-00103353_concesion_parcial_14_1_h.pdf

-En otra supuestamente aprobada (que en el fondo es una redirección) sobre “Retribuciones diputados y consejeros” se le indica al solicitante que debe buscarlo o pedirlo al Congreso de los Diputados. Pero sin embargo en otra similar sobre “Cual es el alto cargo que menos gana” se indica que se puede consultar en transparencia.gob.es , sin que se especifique URL más concreta alguna. Una forma de hacerte volver a la casilla de salida.

-En otra rechazada sobre “Trenes de Cercanías Renfe se han estropeado o llegado tarde en el año 2024 en la Comunidad de Madrid” se le remite al solicitante a consultar las incidencias comunicadas en el canal de Twitter/X de @CercaniasMadrid, como si fuese un formato “scrapeable” y una fuente primaria. Y se le despide con una frase de que no conviene dar la información porque “crearía una percepción pública que afectaría significativamente e injustificadamente a … intereses económicos y comerciales” frente a sus competidores privados. (Por esa regla de tres las Administraciones no deberían tener portales de transparencia ya que algunas son competidoras entre sí.)

Otra “excusa” para enmarcar. Un ciudadano solicita "Acceso a los archivos de diseño (sketch, figma, penpot o similar) y código fuente del recurso informático “DINTEL - Sistema de Diseño de la Secretaría General de Administración Digital (SGAD)”.

En la respuesta se argumenta el rechazo porque podría “facilitar el uso indebido o la falsificación”.

Mi duda es: si esto sirve como excusa, cuando se haga una solicitud ¿cómo podemos argumentar que algo como esto ni requieren anonimización, ni sirve para minar criptomonedas, ni similares para no dilatar los plazos de respuesta? ¿No hay algo a lo que uno se pueda agarrar para evitar que caigan en la tentación de respondernos así sin consecuencia alguna?

Estaba pensando que quizás sería más fácil todo si invirtiésemos las preguntas a algo como “qué códigos fuentes o maquetas se le pueden compartir a los ciudadanos (y cuáles no)”. Aunque en ese caso ya me temo una respuesta del tipo “no tenemos un inventario de todos los códigos fuentes, están distribuidos, etc.”, ¿me equivoco?

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¡Hola, Antonio! Pues te iba a decir que ni idea del motivo, pero creo que puede ser que simplemente tienen la información bastante mal organizada en su web, que han debido de reestructurar hace poco.

Aquí publican todas las resoluciones a nivel nacional, incluidas las estimatorias, por años, incluido 2025:
https://consejodetransparencia.es/reclamaciones/nuestras-resoluciones/resoluciones-ambito-estatal

También tienen un excel descargable con los datos de todas las resoluciones de ámbito estatal por años actualizado:

https://consejodetransparencia.es/content/dam/ctransparencia/portal-ctbg/reclamaciones/nuestras-resoluciones/resoluciones-%C3%A1mbito-estatal/ResolucionesAE.xlsx

Lo he encontrado enlazado en esta sección de la web del Consejo

Hola Antonio,

Teniendo claro que hay compañeras que controlan este terreno mucho más que yo, pienso que tienes razón en tus comentarios. Pienso que si la denegación alega x límites, deberían motivarlos todos. Y que si se menciona una factura, debería estar incorporada. No estoy seguro de su esto pasa a menudo, pero lo consulto y te digo en unos días. Lo de poder ver la solicitud original, creo que casi siempre viene escrita al principio en la propia resolución, muchas veces de forma completa, textual. Y sí, debería poder conocerse. Lo del gasto en escoltas y chófer: aunque no haya una partida con el nombre exacto, la administración debería poder explicar dónde se imputa ese gasto y dar la parte de información que sí existe.

Así que sí, comparto tu opinión. Muchas veces lo que vemos son respuestas pobres, mal motivadas o directamente incorrectas. Y en varios de esos casos, si se recurriera, probablemente el Consejo de Transparencia daría la razón al solicitante.

Hola Antonio,

Sí, esto que planteas ahora va en la misma línea: respuestas que no explican nada, que no se ajustan a la ley y que tiran de excusas circulares. Incluso con un conocimiento básico de la LTAIBG se ve que muchas de estas contestaciones son, sencillamente, incoherentes.

Sobre cómo “protegerse” ante estos argumentos cuando haces una solicitud: la verdad es que no hay una fórmula mágica. El único mecanismo real de control es el Consejo de Transparencia (y los tribunales, si uno llega tan lejos). Y el Consejo, en muchos casos similares, sí corrige y ordena entregar la información.