Módulo 3: El arte de la pregunta perfecta

Ya tienes la tercera entrega de nuestro curso para aprender a hacer preguntas a la Administración - y recibir la información que solicitas.
¿Te surgen preguntas con la plantilla? ¿Dudas con los 5 mandamientos para redactar una solicitud impecable? ¿Quieres compartir algo con el resto de la comunidad? Hazlo en este hilo.

Te leemos.

Destinatario : Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid

Asunto : Solicitud de acceso a la información pública relativa a la venta de viviendas del IVIMA (actual Agencia de Vivienda Social) a fondos de inversión.

Dña. XXXXXXX , con DNI XXXXXXX , y a efectos de notificaciones en [email protected] ,

S OLICITO , al amparo de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 10/2019, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, la siguiente información:

  1. Documentación y datos relativos a la operación de enajenación/venta de 2.935 viviendas públicas realizada en 2013 por el entonces Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), actualmente Agencia de Vivienda Social (AVS), a sociedades o fondos de inversión.
  2. Importe total de la operación y condiciones económicas pactadas.
  3. Informes, resoluciones o actos administrativos posteriores en los que la Comunidad de Madrid/AVS haya analizado la posibilidad de resolver, impugnar o revertir la operación, incluyendo, en su caso, reclamaciones de cantidad.
  4. Cantidades que la Comunidad de Madrid o la AVS hayan recuperado efectivamente como consecuencia de esta operación (ya sea por resoluciones administrativas, acuerdos, sentencias u otros medios), indicando fecha, concepto e importe.
  5. En caso de no haberse recuperado cantidad alguna, los motivos o informes en los que se fundamenta esta circunstancia.

Requiero que, si parte de la información obra en poder de la Agencia de Vivienda Social u otro organismo dependiente, se le dé traslado de esta solicitud para su tramitación conforme al artículo 19 de la Ley 19/2013.

Solicito la respuesta en formato electrónico y, a poder ser, reutilizable (.csv, .xlsx, . odt ).

En todo caso, si la información contuviera datos de carácter personal especialmente protegidos, solicito el acceso a una versión anonimizada de la misma para no afectar a la intimidad de las personas.

La información que solicit o tiene la finalidad de elaborar un trabajo académico sobre políticas públicas de vivienda.

Un saludo,

XXXXXXXX

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Esta pregunta me taladra la cabeza desde hace veinte años aproximadamente: ¿Por qué mi Gobierno, el que sea, me obliga a trabajar al menos con una empresa privada, como es un banco? ¿Por qué el Banco de España no abre tantas “tiendas” como fueran necesarias para ofrecer un servicio público, nacional y gratuito a sus ciudadanos? ¿Qué tipo de defensa me ampara al trabajar con una empresa privada que, como todas ellas, determinan sus normas y estas son lentejas? ¿A qué organismo del Estado debo dirigir esta pregunta para obtener una respuesta satisfactoria?

LLevo años pidiendo que mi ayuntamiento (Mieres en el Principado de Asturias) nos entregue los datos del presupuesto municipal y posteriormente los de la ejecución presupuestaria en formato reutilizable (excel o csv), igual que se sugiere en este módulo. Y reiteradamente se niegan aduciendo que los empleados públicos a entregarlos en formato modificable. ¿Me podéis ayudar a elaborar esa petición con base legal?. Me valdría con la relación de las fuentes donde extraer la argumentación. Gracias, y buen trabajo

Hola Marta, estupenda pregunta y super bien planteada. Supongo que lo sabrás, pero Fidere tiene publicadas en su web las cuentas anuales, en las que aparecen algunos detalles de esa compra (de la devolución, nada), por si quieres ir echándole un ojo. Cuando salió al MAB presentó su informe de activos (qué horrible llamarlo así), bastante detallado.
https://www.fideresocimi.com/cuentas-anuales/

Tuve que “aparcar” unos días el curso, así que estaba un poco atrasado, pero ya me estoy poniendo al día.

Y resulta que, durante el proceso de buscar si alguien ya había preguntado sobre el tema, conseguí acceder a la información que parece responder a mi pregunta. Eso sí, bien escondido y con su lenguaje enrevesado. Así que me quedé un poco “chof”, pensando que quizás tendría que volver a empezar de cero… hasta que veo que citan un informe de recomendaciones para acometer la actuación, encargado a una consultora del que no hay más detalles. Ni idea de cuáles fueron esas recomendaciones. ¡Oye, habemus pregunta nueva! Digo yo que los vecinos tendremos que saber cuales son para ver si éstas se cumplen. Y más concretita, así que continúo con renovados ánimos. ¡A por la solicitud!

PD.: Por ahora, lo que me está dejando claro este curso es el curro que os dais en vuestras investigaciones. Y el tesón que atesoráis.

Hola David, me alegro muchísimo de que estés encontrando un nuevo hilo del que tirar, ¡qué no decaiga el ánimo!

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Quiero pedir los datos de los cortes de los suministros electricos de las distribuidoras. Las grandes suelen tener un sistema de registro de incidencias, con el problema que solamente suelen mostrar los datos del día en curso pero no las históricas, por ejemplo: https://www.i-de.es/averias-cortes-luz/mapa-averias

Según la ley BOE-A-2020-17257 Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el modelo y formato para la remisión de información relativa al número de cortes de suministro de energía eléctrica por parte de los distribuidores. las distribuidoras tienen que enviar la información relativa a los cortes de suministro eléctrico a la aplicación informática GECOS, que se encuentra habilitada a tal efecto en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La ley en el anexo II establece la información que tienen que transmitir. Ahora bien, incluye el campo CUPS que se podría considerar un dato personal ya que se puede relacionar con una vivienda concreta. La puedo pedir o mejor pedirlo anonimizado? Pero eso es un trabajo adicional para la administración y lo pueden denegar. O sea, la contradicción que veo es que pueden denegar entregar la información original por protección de datos, pero en el caso de pedirla con “disociación” pueden denegarlo por “Requiere una acción previa de reelaboración”.

El problema es que si quitan el CUPS solamente me queda la provincia de la incidencia, y necesito un dato geográfico más exacto. ¿Que me recomiendan en relación con el CUPS?

Pensé formular mi solicitud de esta manera:

Destinatario: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Asunto: Solicitud de acceso a la información pública - Cortes de suministro eléctrico 2024

Al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno,

SOLICITO:

Solicito la copia de información relativa a los cortes de suministro eléctrico tal como lo describe el Documento BOE-A-2022-6744.

En el anexo se especifica el formato de la información tal como la pido, excluyendo el campo “Acogido al bono social” entendiendo que esta amparado por la protección de datos. En todo caso, si la información contuviera otros datos de carácter personal especialmente protegidos, solicito el acceso a una versión anonimizada de la misma para no afectar a la intimidad de las personas.

Hola, Gerald:

Tu solicitud está muy bien formulada, por lo que yo la enviaría así. Es verdad que hay veces que con la anonimización se pierde información importante, pero lo que haría sería especificar en la solicitud que te incluyan la localidad donde ocurrió la incidencia o todos los datos que posean sobre la localización sin afectar a los datos personales.

La anonimización no debería ser el motivo de que te inadmitan la solicitud alegando reelaboración. Un criterio interpretativo del Consejo de Transparencia aclara que: “El segundo supuesto sería el que se refiere a la información que, por contener datos de carácter personal, debe ser “anonimizada” o disociada antes de ser suministrada al interesado o bien que, por afectar a alguno de los límites previstos en la norma, el acceso sólo deba proporcionarse respecto· de parte de la información solicitada. Son los supuestos contemplados en los artículos 15.4 -que prevé la anonimización de la información, de modo que se impida la identificación de las personas afectadas- y 16 de la Ley 19/2013, que prevé el suministro de la información con omisión de aquella que esté afectada por algunos de los límites del artículo 14. En estos casos, y pese a suponer, implícitamente, un proceso específico de trabajo para proporcionar la información, ninguno de estos dos supuestos puede entenderse como reelaboración”.

Espero que te sirva.

Un saludo,