Hola,
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.
Nos comentas: Buenos días, en relación al art. 7.2 de la Ley del IMV; hace referencia “situación de alta en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social durante al menos doce meses”, ¿en los tres años posteriores a la solicitud del IMV o en en el total de la vida laboral? En relación al mismo artículo, en la web de la Seguridad Social habla de un año cotizado, cosa que no siempre coincide con tiempo dado de alta a mi entender (contratos a jornada parcial) entonces ¿año dado de alta o cotizado? Un saludo y gracias
Es un año cotizado pero a lo largo de toda la vida laboral, no en los tres años anteriores.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.
Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
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Olalla