Hola,
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.
Nos comentas: ¿Podríais por favor indicarme cuál es la vigencia del Plan MECUIDA - artículo 6 del Real Decreto Legislativo 8/2020, indicando la fecha de vigencia actual en la que termina (en. Xxx dd junio / xxx de septiembre)? La interpretación sobre hasta qué fecha está actualmente vigente es complicada para los “no entendidos en el BOE” Y creo que podemos malinterpretar los dos o tres meses de prórroga que se mencionan.
Sí, en la situación actual es muy complicada la interpretación de las normas y dificil hacer seguimiento de las modificaciones que se van producionedo. Según entendemos nosotras el Plan Mecudia estará vigente hasta 3 meses después del fin del Estado de Alarma. Como aún no concocemos la fecha fin del Estado de Alarma, no podemos poner una fecha fin del Plan Mecuida.
Pero por poner un ejemplo, si ya no se fuese a prorrogar más (que no es así, porque entendemos que durará lo que dure la desescalada), el Estado de Alarma supuestamente acabaría en 7 de junio y el Plan Mecuida estaría vigente supuestamente hasta el 7 de septiembre.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.
Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.
Seguimos en contacto,
Olalla