¿Pueden las empleadas de hogar/niñeras acogerse a las medidas aprobadas de reducción de jornada por cuidado de un menor?

Hola, María:

Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio.
Espero que estés llevando lo mejor posible estos días. Todo el equipo Civio estamos volcados en seguir informando sobre las nuevas medidas y ayudar a resolver dudas.

Nos comentas: "¿Pueden las empleadas de hogar/niñeras acogerse a las medidas aprobadas de reducción de jornada por cuidado de un menor?"

Al parecer, Gobierno y sindicatos están aún tratando de resolver los temas que afectan a empleadas de hogar. Es decir, en el BOE aún no se ha publicado nada en este sentido. Por tanto, permanece atenta a los próximos días. De todas formas, si cuentas con un contrato por cuenta ajena, sí que puedes plantear una reducción de jornada para el cuidado de un menor. Eso sí, con una reducción en la misma proporción de tu salario. Mucho ánimo.

Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.

Esperamos haberte ayudado con la respuesta. Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio: Coronavirus: preguntas y respuestas - Civio: el espacio de la comunidad. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita. Puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.

No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.

Seguimos en contacto,

Olalla

:exclamation: Tenemos novedades sobre ayudas a empleadas del hogar que han sido despedidas o que han visto su actividad reducida.

Si la persona por la que estás preguntando está dada de alta en la Seguridad Social desde antes del 14 de marzo, y ha dejado de trabajar, en uno o varios domicilios o bien la han despedido, tiene derecho a cobrar un subsidio. Es una ayuda mensual que se calcula así: el 70% de la base reguladora, en proporción a las horas que haya perdido. Y como máximo será de 950 €. Para pedirlo necesita o la carta de despido o la baja de la Seguridad Social o si es una reducción de horas, que su empleador/a le firme un certificado. Esta ayuda es compatible con lo que cobre en otros trabajos, pero no la puede cobrar si está de baja médica o si ya cobra el permiso retribuido recuperable que salió el 29 marzo para las trabajadoras en servicios no esenciales.

Aquí tienes toda la información:

Esperamos que la información haya sido útil.

Un saludo y ¡mucho ánimo!