Buenas tardes, Cristina:
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio.
Espero que estés llevando lo mejor posible estos días. Todo el equipo Civio estamos volcados en seguir informando sobre las nuevas medidas y ayudar a resolver dudas.
Nos preguntas: ¿Quiénes tienen obligación de llevar mascarillas y guantes?
Al referirnos al uso de mascarillas para la población general , muchas entidades, incluida la Organización Mundial de la Salud, recomiendan utilizarlas en personas sanas solo cuando estén cuidando de una persona con coronavirus. En el caso de presentar síntomas respiratorios, la OMS sí aconseja llevar mascarilla, pero utilizándola correctamente (por ejemplo, no poniéndola en la barbilla o sobre el cabello ni reutilizándolas) y combinando su uso con el resto de medidas de higiene (como lavarse frecuentemente las manos). Esta recomendación se hace en un contexto en el que existe un desabastecimiento internacional de mascarillas y, por ello, su utilización se debe priorizar para los profesionales sanitarios, los pacientes y sus cuidadores.
Por otro lado, también en relación a la población general, la OMS recomienda emplear guantes si tocamos materiales o superficies contaminadas -por ejemplo, si cuidamos de alguien enfermo y vamos a lavar su ropa- o cuando hay un contacto potencial con materiales y superficies que puedan estar contaminados. Y siempre debemos recordar que el uso de guantes no nos exime de seguir los consejos oficiales de higiene (como el lavado frecuente de manos con agua y jabón o con un desinfectante de manos a base de alcohol). En el caso de que seas una persona sana y no estés en contacto con nadie infectado, sí se aconseja, desde el Ministerio de Sanidad, emplear guantes a la hora de elegir las frutas y las verduras en el supermercados y desecharlos después.
Debemos tener en cuenta que estas recomendaciones se hacen en un contexto determinado, de desabastecimiento internacional, y que, en el caso de emplear mascarillas y guantes, si se usan mal, pueden ser potencial fuente de contagio al proporcionar también una falsa sensación de seguridad. Por ejemplo, en el caso de que usemos la mascarilla, la posemos en una superficie contaminada y nos la volvamos a colocar, ya que estaría en contacto directo con la boca y podría existir el riesgo de que nos infectemos con el virus. Por otro lado, el uso de estos medios de protección no debe hacernos olvidar que puede haber otras vías de transmisión del coronavirus, como los ojos y que, por el momento, no se ha descartado la transmisión a través de la materia fecal. Por ello, es importante extremar las medidas de higiene y limpieza al máximo para reducir todo potencial riesgo.
No obstante, dado que hay evidencia preliminar que indica que las personas asintomáticas que se hayan infectado podrían transmitir el virus, hay opiniones críticas que plantean que el uso de mascarillas podría ser aconsejable. Sin embargo, su utilización debería hacerse siempre cuando mascarillas y guantes están convenientemente limpios e higienizados, manteniendo además el resto de medidas de distanciamiento social, lavado de manos, limpieza de superficies de contacto frecuente con lejía diluida en agua , etc. Por ello, podemos plantear que es aconsejable emplear estos medios siempre y cuando se utilicen de forma apropiada y dejando las mascarillas más potentes para los que más riesgo corren, como los profesionales sanitarios, los pacientes y sus cuidadores, por citar algunos ejemplos.
Si te refieres al ámbito laboral, las empresas deben evaluar el riesgo de exposición y, después, determinar qué medidas se pueden tomar de prevención , incluyendo el potencial uso de equipos de protección. Dichas medidas, de acuerdo con el protocolo del Ministerio de Sanidad, deben ser “adecuadas y proporcionales al riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse protección acorde con la actividad laboral o profesional”. En función de los riesgos que se determinen en cada caso, se deberá proporcionar las medidas adecuadas, tanto con herramientas de protección respiratoria, guantes, ropa de protección, etc. Por tanto, no podemos darte una respuesta concluyente, porque como tal no existe una obligación genérica, sino que debe evaluarse caso por caso en el ámbito profesional.
Por último, cabe recordar que si la persona que acude a su centro de trabajo considera que puede haber un “riesgo grave e inminente” , el empresario tiene una serie de obligaciones establecidas en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En ese sentido, dicha disposición obliga al empresario “a informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección” y a “adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo”. En particular, no se puede exigir a los trabajadores que reanuden su actividad laboral “mientras persista el peligro”, salvo excepciones que se justifiquen de forma debida. El empresario está obligado a facilitar lo necesario a los trabajadores que no puedan ponerse en contacto con sus superiores y que se encuentren en una situación de peligro, para ellos, para otros trabajadores o para terceros, con el fin de que adopten “las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro”. Además, según el citado artículo, “el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud”.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la evidencia es cambiante, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades sanitarias.
Esperamos haberte ayudado con la respuesta. Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio: Coronavirus: preguntas y respuestas - Civio: el espacio de la comunidad. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita. Puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda.
Un saludo del equipo Civio.
Olalla