Comparto dos ideas:
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El hecho de que sea ante notario creo que permite sentar un precedente para aclarar que, en algoritmos, la presencia de un notario no garantiza nada si no hay transparencia en el código ejecutado
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Me ha surgido una idea de petición similar, de algo muy simple pero creo muy trascendente: la posible existencia de algoritmo/código asociado al reparto “al azar” entre juzgados, como puede ser que este asunto lo haya tratado un juzgado en concreto
Segunda. Publicidad de las normas de reparto.
- Las normas de reparto son públicas. Cualquier interesado puede solicitar y obtener copia de las mismas si así lo solicitase mediante escrito dirigido al Juzgado Decano.
- Los magistrados y secretarios judiciales podrán estar presentes en la práctica de las operaciones de reparto de asuntos y solicitar comprobaciones de los libros y asientos informáticos del mismo.
- Los interesados podrán solicitar comprobaciones del resultado del reparto mediante escrito dirigido al Juzgado Decano.