Soy autónoma y quisiera acogerme a la prestación extraordinaria por cese de actividad. ¿Tengo que hacer la solicitud en el SEPE o en la mutua adscrita?

Hola:

¿Cómo estás? Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de saludarte.

Antes de nada, gracias por enviarnos tus dudas.

En relación a tu pregunta, el Decreto Ley dice que la gestión de esta prestación corresponderá a las entidades a las que se refiere el artículo 346 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social", que son las mutuas. Así que sí, escribe o llama a tu mutua y te lo gestionarán.

Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.

Esperamos haberte ayudado con la respuesta.

Cuídate mucho y seguimos en contacto,

Olalla

:exclamation::exclamation:Actualización:

Se ha publicado la orden que desarrolla la moratoria para el pago de las cuotas de autónomos aprobada hace casi un mes. Al final, pueden pedirla quienes pertenezcan a algunas actividades concretas, independientemente de ingresos o volumen de negocio. Puedes consultar si tu epígrafe CNAE está en esta lista: La moratoria del pago de cuotas de la Seguridad Social solo se aplicará a algunas actividades como los comercios abiertos y la publicidad | Civio. Si tu actividad no está en la lista, recuerda que puedes pedir el aplazamiento de las cuotas. En este caso, con un 0,5% de interés. Aquí te contamos cómo funcionan estos aplazamientos: Guía de ayudas_COVID19 - Google Docs

Un saludo del equipo Civio y mucho ánimo.