Soy trabajador por cuenta ajena y autónomo. ¿Podría cobrar el ERTE desde la fecha en la que mi empresa me incluyó si me doy de baja de autónomos?

Hola,

Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.

Nos comentas: Hola, soy trabajador por cuenta ajena y además autónomo. Mi empresa presentó un ERTE que les fue aprobado. Como he sabido después, siendo autónomo no tengo derecho a la prestación por ERTE por lo que me veo muy perjudicado máxime cuando mi actividad como autónomo me reporta pocos ingresos. La pregunta es: ¿ Si me doy de baja como autónomo, podría empezar a cobrar el ERTE desde esa fecha, o no tendré derecho en cualquier caso?
Muchas gracias. Un saludo

Entendemos que sí, pero lo mejor es que consultes con el Ministerio de Trabajo antes de tomar ninguna decisión. Existe un teléfono de Asesoría laboral del Ministerio de trabajo 91 363 23 30.


Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.

Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.

No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.

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Olalla