Hola,
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.
Nos comentas: Me han despedido con fecha del día 27/03/2020, por finalización de contrato temporal, sobre todo debido a la bajada espectacular de la carga de trabajo de la empresa de transporte de viajeros por carretera en la que trabajaba. ¿Es legal el despido, me pueden despedir ese día o me afecta la prohibición de despedir apartir del día 27/03/2020? ¿Hay alguna medida extraordinaria que afecte a mi prestación por desempleo?
En tu caso, por lo que nos cuentas, no es un despido, sino un fin de contrato. Puedes recibir la ayuda de desempleo excepcional de 430 euros al mes si el fin del contrato temporal (o de interinidad, formativo o de relevo) ya sea por despido, o fecha fin de contrato.. ha sido después del 14 de marzo, siempre que el contrato fuera de al menos dos meses de duración, no tienes la cotización necesaria para otra prestación o subsidio y tampoco otros ingresos superiores de más de 712,5 euros al mes. Eso sí, esta ayuda es incompatible con cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas concedidas por cualquier administración pública. En principio esta ayuda dura un mes, pero el Gobierno ha dejado la puerta abierta a ampliarlo más adelante. https://civio.es/el-boe-nuestro-de-cada-dia/2020/04/01/medidas-empleadas-del-hogar-y-temporales/ Se pide en la página del SEPE, pero a día de hoy no se ha puesto en marcha, por lo que te recomiendo que mires la página cada día y la pidas en cuanto se pueda, para que la puedas cobrar lo antes posible.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.
Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.
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Olalla