¿Tengo derecho a solicitar el IMV como madre soltera de tres niñas?

Hola,

Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.

Nos comentas: Tengo derecho a solicitar la renta minima vital si soy madre soltera de 3 niñas ,no convivo con el padre de ellas ,pro no tengo ningún papel de cusodia compartida ni nada

No es necesario un papel de custodia compartida. Siempre que las niñas vivan contigo se entiende que ese es su hogar y cuentan contigo para la unidad de convivencia. Si el padre no vive con vosotras no forma parte de la unidad de convivencia. En esos casos, no hay ningún problema, puedes pedirlo para ti y tus tres hijas. En tu caso, esa ayuda complementaría tus ingresos hasta alcanzar los 978,38 €, esto es, si cobras 600 al mes, te pagarían unos 400 extra, por ejemplo. Algunas cosas sí computan como ingresos y otras no, pero no te preocupes, cuando lo solicites será la propia Seguridad Social la que haga las cuentas.

El proceso de solicitud aún no se ha puesto en marcha. Cuando se haga, a partir del 15 de junio, se podrá solicitar través de los ayuntamientos o comunidades autónomas que firmen convenio con la Seguridad Social, en la página web de la propia Seguridad Social o por correo postal. Mientras tanto, te recomendamos que compruebes si cumples con los requisitos para recibir la ayuda (aquí te damos más información y también puedes comprobarlo en esta aplicación que ha preparado el ministerio) y que, en caso afirmativo, localices los papeles que te pedirán para presentar la solicitud: identidad de todos los miembros de la unidad de convivencia (con DNI, libro de familia o pasaporte), su residencia en España (con autorización de residencia o, en el caso de europeos, inscripción en el registro central de extranjeros de la UE o tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión), su domicilio (con el padrón) y la unidad de convivencia (con libro de familia, certificado de registro civil, registro de parejas de hecho…). En este último caso, quienes no sean familiares podrán acreditar la convivencia solo con el padrón; en el caso de procesos de separación, con la demanda o sentencia; y, en el caso de víctimas de violencia de género, con el certificado. Además, quienes no trabajen deberán presentar su demanda de empleo. No te preocupes por los datos de ingresos o patrimonio, será la propia Seguridad Social la que haga el cálculo.


Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.

Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.

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Olalla