Hola,
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.
Nos comentas: Si quiero hacer senderismo con mi familia en la fase 1 (4 personas) para que se considere actividad permitida tengo que contratar la actividad a una empresa de senderismo? No puedo hacerlo por mí cuenta? Si lo hago por mi cuenta tiene que ser en mi franja horaria y si contrato guía a cualquier hora?
Si vivo en Madrid capital ¿en qué fase podré ir a comprar a un supermercado del que soy socia (Costco) que no se encuentra en mi domicilio? ¿en qué fase podría ir con mi marido para que me ayude a transportar la compra?
Sobre el senderismo: Este es uno de los puntos en los que tenemos más dudas. De hecho, desde el Gobierno se ha dicho por un lado que las condiciones de paseos y deporte al aire libre no cambian y, a la vez, que sí se permiten los paseos en familia, por ejemplo. Lo mejor es que consultes a las autoridades locales o autonómicas para que te aseguren cómo lo están aplicando, puesto que hay mucha diferencia entre unas zonas y otras. Te explicamos nuestras dudas: es cierto que las condiciones para paseos y deporte individual al aire libre no han cambiado, pero la orden que regula la fase 1 especifica que se permite la movilidad de grupos de hasta diez personas. Además, incluye un punto clave, referido a las normas anteriores, sobre las que dice que “serán de aplicación” a las zonas en fase 1 “en todo aquello que no se oponga o contradiga a lo establecido en la presente orden”. Pues bien, creemos que limitar el número de personas que pasean o salen a hacer deporte juntas sí contradice lo que dice esa orden, y por lo tanto estaría permitido pasear o salir a correr con más gente. Pero, insistimos: este punto no está nada claro y es importante que consultes con tu autoridad local.
Sobre ir a la compra: el hecho de que las compras se hicieran desde un principio de forma individual para los productos básicos, como la alimentación, se mantiene por el momento. No es incompatible con el hecho de que puedas ir con más gente por la calle, que es otra cosa. Así: a comprar, excepto si te llevas a un menor o acompañas a alguien dependiente, tienes que ir solo. La clave aquí parece ser evitar aglomeraciones dentro de los comercios.
Además, según va pasando la desescalada se van abriendo nuevos comercios y servicios, más allá de los esenciales permitidos desde un principio. Dependiendo de la fase tienen unas reglas distintas, que son las que se deben seguir si vas a ellos.
En la fase 0, con cita previa, solo puede haber un cliente por trabajador y se deben mantener las distancias de dos metros. Así, lo mejor es que vayas solo, excepto si tienes que hacerte cargo de un menor o dependiente, porque si no vas a hacer muy difícil que se cumplan esas reglas.
En la fase 1, aunque ya no es obligatoria la cita previa, el aforo está limitado al 30% y se tiene que seguir manteniendo la distancia de dos metros. Aunque no se especifica que debes ir solo, que lo hagas puede facilitar que se cumplan esas normas y es lo más responsable.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.
Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.
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Olalla