Hola,
Soy Olalla, la responsable de comunidad y participación en Civio. Encantada de poder ayudarte. Antes de nada, gracias por enviarnos tu pregunta y esperamos que estés bien.
Nos comentas: Coincidiendo con la prorroga de tres meses desde el fin del estado de alarma del carácter preferente del teletrabajo, justo hoy me han comunicado que (al no tener menores ni mayores dependientes a mi cargo) entro dentro del 10% de mi equipo que se incorporará en mayo a mi puesto físico de trabajo en la oficina (el resto en septiembre). Mi duda con el decreto tiene que ver sobre qué se entiende por dar ‘carácter preferente’. Mi actividad (comunicación y redes sociales) puede hacerse 100% en formato teletrabajo (de hecho estamos siendo mucho más efectivos en esta modalidad). ¿Puede mi empresa obligarme una vez levantado el estado de alarma a acudir a mi puesto aunque la presencia física aunque lo que vaya a hacer allí es conectarme a las mismas herramientas virtuales que ahora y tener reuniones a distancia con el resto de compañeros que seguirán en sus casas? ¡Gracias!
El teletrabajo se debe poner en marcha siempre que sea posible al menos hasta tres meses después de finalizado el estado de alarma. Si su empresa le obliga a ir a trabajar, además de contar con un plan de prevención de riesgos adaptados a la situación, tiene que justificar que es imposible el teletrabajo. Si no lo hace, puede llamar a la inspección laboral porque, aunque no se ha planteado como algo obligatorio, al ser posible podría incurrir en riesgo laboral. Desde el principio se ha establecido como vía “prioritaria” frente a la reducción de actividad de las empresas o el despido, pero solo cuando sea “técnica y razonablemente posible”.
Hemos consultado fuentes oficiales y/o personas expertas para poder resolver tu duda. Se están tomando muchas decisiones muy rápido y la redacción de las leyes a veces es confusa, por lo que es importante que tengas en cuenta que, aunque hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para interpretarlo de la manera correcta, la respuesta y la decisión definitivas siempre las van a tener las autoridades.
Puedes consultar otras preguntas y respuestas en la Comunidad Civio. Queremos, ante todo, que la información llegue a quién más la necesita, así que puedes compartir la respuesta en redes sociales y grupos privados.
No dudes en contactarnos si tienes cualquier otra duda. Un saludo del equipo Civio.
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Olalla