¿Crees que el Registro Mercantil debería ser abierto y gratuito?

Este es un tema muy interesante, ya que el Registro tiene coste de consulta porque los propios Registradores (funcionarios públicos) cobran directamente estos aranceles (de manera similar a los notarios). Algunos registradores puedes llegar a ganar millonadas, lo cual habría que ir suprimiendo paulatinamente (según se vayan retirando?). No sé hasta qué punto sería legal disminuir el sueldo efectivo de un funcionario sin mediar medidas extraordinarias.

Hola, y gracias a todos por participar. Estoy ahora de viaje, así que no puedo escribir mucho, pero encantado de continuar la conversación en los próximos días.

Como comentaba Pedro más arriba, en efecto, mantener el Registro tiene un coste, somos conscientes de ello. Este coste puede ser soportado por las tasas de las empresas, que ya pagan por actualizar sus datos, o vía presupuestos públicos, si lo anterior no fuera suficiente. (Es difícil analizar el caso español porque hay muy poca información sobre las cuentas de todo esto, algo que queremos investigar mejor.)

El modelo de registro gratuito es común en otros países europeos, porque se considera que liberar la información tiene enormes beneficios para la economía nacional (confianza empresarial, reducción de la corrupción o evasión de impuestos…) que paga con creces la hipotética inversión pública (si las tasas a empresas no son suficientes). El registro británico es el más puntero en todo esto y ha publicado un informe completisimo (que solo he podido mirar por encima) que estima el impacto económico en miles de millones:

Sobre nuestro caso de uso particular, sabemos que se puede acceder a datos de empresas de una en una, pero lo que queremos hacer es vigilar un número elevado de ellas, las que ganan contratos públicos por ejemplo, para ver si hay carteles o manipulación de concursos públicos, y este tipo de análisis globales no es posible si hy que pagar una cantidad no despreciable por cada empresa cada vez que se comprueba la información. Además, no está permitido republicar la información, por lo que ni siquiera podemos liberar los datos después de pagar por ellos para que otros los usen.

Un saludo a todos

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Es importante, claro. De hecho, David Cabo fue tutor de ese trabajo :wink: Pero por desgracia, es solo información de 2009 y viene tal cual está escrita en el Borme, lo que significa que los nombres no están consolidados.

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Buenos días.

Soy empresario y todos los años pago las correspondientes tasas al Registro Mercantil cuando les presentamos nuestras cuentas anuales, que es un trámite obligatorio. Porque como es sabido, las cuentas de las sociedades (balance, cuenta de resultados, cambios patrimoniales…) en España son públicas.

Públicas, pero con trampa: una trampa que protege, privilegia y perpetúa a un colectivo medievalizado de burócratas improductivos: los registradores y los notarios.

Los registradores, que son un colectivo privado tienen sus honorarios tasados por un decreto que originalmente data del año 1973, y facturan no solo por el registro de las cuentas que para las empresas es obligatorio, sino por muchos otros tipos de actos mercantiles, tales como por ejemplo las ampliaciones de capital.

Pero el Registro Mercantil es una base de datos pública que en esencia no es diferente de otros registros públicos regulados –y existen decenas–, que son accesibles pública, gratuita e instantáneamente a través de los canales digitales. ¿Por qué el Registro Mercantil no?

Ciertamente acceder a los registros devengaba unos costes cuando hace medio siglo los registros se archivaban en papel y la consulta tenía que hacerse manualmente. Entonces se establecieron unos aranceles que sin embargo siguen vigentes y actualizados a día de hoy, en unos tiempos en los hace ya dos décadas que la tecnología ha reducido virtualmente a cero estos costes de acceso a la información.

Entonces, ¿por qué podemos consultar online y gratuitamente las bases de datos de decenas de registros públicos españoles pero no del Registro Mercantil?. La pregunta es retórica, pues hace no tanto hube de acudir al Registro provincial de mi ciudad a pedir una nota simple o una factura –no recuerdo– y así me la hicieron: con una máquina de escribir.

Porque privilegiar y proteger a un colectivo con decretos y tasas es la garantía de perpetuarlo obsoleto, anacrónico y sin ningún incentivo a la mejora o la innovación.

Lo que Civio aquí plantea es imperativo para una sociedad más informada y una economía más transparente, porque la información económica de cientos de miles de sociedades que los registradores mantienen actualmente secuestrada es clave para que los empresarios podamos hacer negocios con menos incertidumbre, tomar decisiones societarias informadas y generar riqueza en una economía de mercado que tenga unas mismas reglas para todos. Porque, ¿a quién beneficia la oscuridad actual?

Y lo aquí planteado no es ninguna entelequia irrealizable. Así se compara en estos momentos el registro británico con el español:

En resumen; los registradores, protegidos por un decreto preconstitucional de hace medio siglo, explotan comercialmente, para su exclusivo lucro privado, los datos que las sociedades están obligados a entregarles, y que son imprescindibles para hacer negocios con luz y certidumbre; así como para que exista una verdadera transparencia y agilidad en la actividad económica de las pymes.

España puede seguir perfectamente la senda que transitan cada vez más países europeos. Los registradores deben seguir cobrando por sus funciones que aporten valor, pero el acceso a la información pública debe ser verdaderamente público y abierto.

Y termino con una pregunta: ¿por qué eInforma –que también comercializa la información de los registradores– es una Sociedad Mercantil Estatal (SME)?

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Mil gracias, Jaime. Tus argumentos nos sirven, y mucho, para sumarlos a nuestra turra constante con este tema. Así que si me lo permites los añadimos a nuestro argumentario. Conseguir abrir el registro parece algo lejano, pero también lo era cuando empezamos a pedir las agendas hace años y ahora empieza a entrar en el debate político como algo realizable, así que hoy voy a ser optimista :wink:

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¡Muchas gracias por tu aportación, Jaime! Tu post da respuesta a algunos de los comentarios anteriores en los que se cuestionaba la viabilidad de establecerlo como un servicio gratuito. Como apuntaba @dcabo, hay muy poca información sobre las cuentas del Registro Mercantil español y es difícil valorar costes.

Muchos apuntáis que el modelo a seguir es el británico. ¿Hay algo más que se os ocurre que se podría hacer para que España, como comenta Jaime, siga la tendencia de otros países europeos que ya han abierto sus registros?

Yo he preguntado públicamente a mis diputados autonómicos en el Congreso. No es gran cosa, pero como dice la canción: “Aunque esté todo perdido siempre queda molestar”:

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Hola, al hilo del tema del Registro Mercantil, he pensado que igual alguna/o de vosotras/os podría responder a la pregunta de nuestro socio @Llopis: Registros y acceso: BORME, RMC, BOD. :raising_hand_woman:t4:

Supongo que la respuesta no está en el viento sino más bien en la retribución del consejo de Admon., pero ni idea.
En cualquier caso, curioseando me ha llamado la atención una contratación curiosa
https://transparencia.gob.es/servicios-buscador/contenido/contratolicitacion.htm?id=Licitacion_1008e0cc2f406aa52845436e1e84357b393a5921&lang=es&fcAct=2020-12-02T14:37:12.663Z
Supongo que no tienen mucha competencia.

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Bien visto, Daniel. Y de hecho hay bastantes contratos en esa línea, desgraciadamente.

Justo me ha recordado unos contratos que nosotros hemos criticado bastante, por los que el CGPJ paga a editoriales jurídicas para acceder a la base de datos de sus propias sentencias. Sentencias que no son de uso público, de forma que no se pueden desarrollar alternativas abiertas, a pesar del interés que tienen: El CGPJ seguirá pagando 123 euros al año en licencias de buscadores privados de leyes y jurisprudencia para los jueces pese a la mejora del CENDOJ | Civio

Buenas tardes. Me permito participar en esta conversación porque se trata de una de las cuestiones sobre las que más tiempo llevo pensando desde el punto de vista de mi actividad profesional (abogado mercantilista).

El RM debería ser gratuito en cuanto a la información que da aunque cobre tasas por la información que recibe y procesa.

En el RM deben inscribirse la mayoría de los actos societarios de todas las sociedades españolas. Al menos anualmente deben inscribirse las cuentas anuales, pero desde la creación hasta su liquidación, todo pasa por el registro: constitución, cambios de domicilio, cambios de administradores, aumentos de capital, cambios de estatutos, otorgamiento de poderes, nombramiento de auditores, fusiones… Los registradores velan porque las operaciones de las sociedades se ajusten a la ley. Y en ese sentido parece razonable que cobren por sus servicios [algunas no me parecen muy justificadas como, por ejemplo, nombramiento de auditores independientes, registro de titulares reales, etc.]

Otra cosa diferente es lo que cobran por informarnos y la calidad de la información que dan. Una vez procesada, dar la información no parece que deba tener un coste para el registro, más allá del mantenimiento de una base de datos que, en mi opinión, quedaría cubierta con los propios aranceles. Además, la gratuidad de la información beneficia sin duda al tráfico comercial ya que da más garantía sobre los contratantes, los apoderados, y las demás circunstancias de las sociedades.

Cuestión diferente es también la calidad de la información. El RM por ejemplo informa electrónicamente del nombre de los apoderados de las sociedades (salvo cuando son muchos que, en ese caso, te dice que hay demasiados y no te informa), pero no es posible por esa vía obtener listado de sus facultades. Conocer las facultades de los apoderados de las sociedades es muy relevante a la hora de contratar y tiene múltiples consecuencias en pleitos, contratos, etc. Tampoco da información histórica por este medio, es decir, quien era el administrador (por ejemplo) antes del actual, cuál era el anterior domicilio…

Un paso que quizás podría darse es intentar conocer el volumen de negocio de los registros en España. Se trata de oficinas públicas, gestionadas por funcionarios públicos con arancel, pero, curiosamente, no es posible conocer sus cuentas anuales (funcionan como comunidad de bienes que no están obligadas a depositar sus cuentas). Se da la paradoja de que en ellos se registran las cuentas de todas las sociedades españolas, pero lo que facturan los registros no se conoce (al menos yo no sé cómo). Y el volumen debe de ser muy importante. Pensemos como mínimo botón de muestra que según el Ministerio de Industria y Comercio en febrero de 2021 había 2,8 millones de empresas entre grandes y pequeñas.

Todas ellas deben, al menos, depositar cada año sus cuentas anuales. El precio de un depósito de cuentas básico (sin informe de auditoría) es de 52,27 euros.

https://www.rmercantilmadrid.com/RMM/Tramites/Depositos_Cuentas.aspx

esto hace un total de algo más de 146 millones de euros anuales mínimo solo en lo más básico y obligatorio que son los depósitos de cuentas. Una vez depositadas las cuentas cada vez que se pide copia de ellas (están en el registro por ser información pública), el registro cobra unos 10 euros mínimo. Y de ellas se pueden pedir decenas (si no cientos) de miles al año por otras empresas, abogados, bancos, notarios… para conocer el estado de una sociedad con quien se va a contratar, para saber su estado de salud si hay algún problema, para hacer estudios, análisis, valoraciones, etc. Y lo mismo con el resto de la información.

Calculo que puede haber unos 150 registradores mercantiles en toda España (los registros son provinciales) y constituyen un grupo muy homogéneo y bien coordinado políticamente. Además son un colectivo que, a diferencia de los notarios, no tienen competencia ninguna (puedes elegir el notario, pero no es posible elegir en qué registro mercantil se va a registrar tu sociedad ya que se vincula al domicilio que tenga) y a pesar de que cobran por arancel, su presión para aumentar los actos inscribibles (y por lo tanto, por lo que cobran) va aumentando cada año. Un ejemplo: en las cuentas anuales ha empezado a exigirse información obligatoria sobre el titular último del capital, es decir, qué persona física es el dueño, por decirlo de alguna forma, del 25% o más del capital. Esta información es obligatoria desde hace un par de años, pero no es pública. Y además, también es algo que hay que declarar (y pagar por hacerlo) ante los notarios. Otro ejemplo: el RM está intentando que sea obligatorio también registrar las ventas de participaciones (y, de nuevo, se pague por ello).

En fin, que cobran por recibir y tratar la información, y también por darla.

Gracias.

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Muchas gracias, Ignacio, aunque con retraso, por todo lo que cuentas tan claramente. Nosotros en Civio lo vemos exactamente igual. Sobre el tema de las cuentas del propio RM, alguna vez lo hemos comentado internamente, pero nunca hemos podido mirarlo a fondo. Tendremos todo esto en cuenta, es un tema que queremos empujar este año.

Gracias!

A vuestra disposición. Un saludo y gracias.

Creo uno de los aspectos claves en este tema, si no el más clave de todos, es que Ignacio cita como “… volumen de negocio de los registros en España”;
además, sobre ese aspecto hay una derivada que no se ha nombrado, y es el negocio generado por las grandes compañías de información “comercial” (nacionales e internacionales), que mueven un volumen de negocio muy alto, y sobre todo, asegurado en el tiempo.
Bueno, abierto a ayudar a analizar este tema si lo consideráis. Saludos,